Trámites administrativos tras un fallecimiento

En las 24 horas siguientes al fallecimiento:

Certificado médico de defunción

En las 24 horas siguientes a un fallecimiento en la UCI, el médico extiende el certificado médico de defunción, que acredita la muerte de la persona e indica la fecha y la hora del fallecimiento.

Traslado

El cuerpo de tu ser querido puede, en determinadas condiciones, trasladarse a su domicilio, a otro lugar de residencia o a un tanatorio fuera del hospital. El traslado debe realizarse en las 48 horas siguientes al fallecimiento.

Declaración en el ayuntamiento (mairie) del lugar del fallecimiento

En ese mismo plazo, hay que declarar el fallecimiento en el ayuntamiento del lugar donde se produjo.

En el hospital, suele ser el personal administrativo o el del depósito mortuorio del hospital (chambre mortuaire) quien se encarga de hacer esta declaración en las 24 horas siguientes al fallecimiento.

Tras la declaración del fallecimiento, el ayuntamiento expide el acta de defunción y comunica la información al Insee (Instituto Nacional de Estadística francés), que a su vez informa, entre otros, a las cajas de pensiones a través del Registro Nacional de Identificación de las Personas Físicas (RNIPP).

Tendrás que pedir una copia del acta de defunción para realizar algunos trámites y acreditar tu condición de heredero. Podrás obtener esta acta de defunción en el ayuntamiento presentando el libro de familia (livret de famille).

Solicitar el acta de defunción

En algunos casos, también podrás solicitar la historia clínica del fallecido. Solo el cónyuge, la pareja vinculada por un PACS (pareja de hecho), la pareja conviviente y los hijos pueden acceder a la historia clínica del fallecido, siempre que este no se opusiera en vida a dicha consulta. La solicitud de acceso a la historia clínica debe estar justificada.

Más información.

Para facilitar tus trámites administrativos, ten a mano los siguientes documentos del fallecido:

  • libro de familia (livret de famille) (copia)
  • documento nacional de identidad o tarjeta de residente
  • pasaporte
  • tarjeta sanitaria de la Seguridad Social (carte Vitale)
  • tarjeta del seguro de salud complementario (mutuelle).

En la semana siguiente al fallecimiento:

Organizar el funeral

El funeral se organiza en los 6 días siguientes al fallecimiento, a través de una empresa funeraria autorizada elegida por el fallecido. Si no expresó su voluntad, corresponderá a los familiares dirigirse a la empresa funeraria que prefieran.

Para ayudarte a elegir, los responsables de la oficina de registro civil del hospital (bureau de l’état civil) y del depósito mortuorio ponen a tu disposición la lista, elaborada conforme a la normativa, de las empresas funerarias de París. Esta lista también está expuesta en ambos lugares. Te aconsejamos pedir varios presupuestos.

Si hay que organizar un funeral, tendrás que ponerte en contacto con una funeraria. Puedes pedir a esta empresa un presupuesto de los servicios incluidos y de los honorarios.

Ten en cuenta: es posible cargar el importe de los gastos del funeral directamente en las cuentas bancarias de la persona fallecida, presentando las facturas, hasta un máximo de 5000 euros (según el saldo disponible).

En el mes siguiente al fallecimiento:

Informar a los organismos sociales

  • la caja del seguro de enfermedad (Assurance Maladie / CPAM) del lugar de residencia del fallecido,
  • su seguro de salud complementario (mutuelle),
  • su caja de pensiones y la caja complementaria, si el fallecido estaba jubilado,
  • la Caja de Prestaciones Familiares (Caisse d’Allocations Familiales, CAF), si el fallecido recibía ayudas.

Puedes realizar algunas declaraciones en línea.

Solicitar el capital por fallecimiento (capital décès)

En algunos casos, puedes tener derecho a un capital por fallecimiento para hacer frente a los gastos derivados de la muerte de un ser querido.

Más información

Avisar al empleador del fallecido

Si la persona fallecida era demandante de empleo con prestación o estaba prejubilada, hay que dirigirse directamente a Pôle Emploi (el servicio público de empleo francés).

Infórmate sobre las ayudas a las que puedes tener derecho tras el fallecimiento

Tras la muerte de un ser querido, puedes tener derecho a cobrar un capital por fallecimiento, una pensión de viudedad (pension de réversion) y determinadas prestaciones, según tu parentesco con el fallecido. Para ello:

  • Ponte en contacto con el banco del fallecido
  • Ponte en contacto con las compañías de seguros del fallecido (hogar, vehículo, seguro de vida, seguro de decesos)

Para organizar el bloqueo de las cuentas bancarias, puedes solicitar consultar el fichero nacional de cuentas bancarias (Ficoba).

Dar de baja los contratos

  • Contratos de teléfono e internet
  • Electricidad, gas
  • Avisar a los propietarios de la vivienda o a los inquilinos del fallecido
  • Presentar la declaración de la renta de la persona fallecida (el año siguiente al del fallecimiento)

Ponerse en contacto con un notario

El notario comprobará si el fallecido dejó un testamento y se encargará de organizar la sucesión.

Tus derechos en materia de permisos

¿A cuántos días tienes derecho?

El Código de Trabajo francés (Code du travail) y el estatuto general de la función pública prevén un derecho a permiso para los trabajadores del sector privado o los empleados públicos en duelo, un derecho reservado a la familia del fallecido.

La ley fija una duración mínima, pero el convenio o acuerdo colectivo de empresa o, en su defecto, el convenio o acuerdo del sector puede establecer una duración mayor.

  • 5 días por el fallecimiento de un hijo
  • 7 días laborables cuando el hijo 1) tenía menos de 25 años; 2) independientemente de su edad, si el hijo fallecido era a su vez padre o madre;
  • 7 días laborables en caso de fallecimiento de una persona menor de 25 años que estuviera a tu cargo de forma efectiva y permanente;
  • 3 días por el fallecimiento del cónyuge, de la pareja conviviente o de la pareja vinculada por un PACS, del padre, de la madre, del suegro, de la suegra, de un hermano o de una hermana.
  • Para otros parentescos, la ley no prevé ningún permiso; sin embargo, el convenio colectivo o un acuerdo aplicable en la empresa puede contemplar un permiso en caso de fallecimiento de otros familiares (abuelos, cuñados…)

Nota: el número de días de permiso por duelo en la empresa no puede ser inferior a 5 días por el fallecimiento de un hijo ni a 3 días en los demás casos (Código de Trabajo, art. L3412-4). A falta de convenio o acuerdo, todo trabajador tiene derecho a un permiso de esa duración (Código de Trabajo, art. L3412-5).

¿Qué condiciones hay que cumplir para tener derecho a un permiso por duelo?

El permiso por duelo está abierto a todos los trabajadores, sea cual sea su antigüedad o el tipo de contrato (indefinido o CDI, temporal o CDD, a tiempo parcial, temporal de ETT, de temporada…), en función de su parentesco con el fallecido.

La duración del permiso no puede descontarse de los días de vacaciones anuales. Estos permisos no conllevan ninguna reducción del salario y se consideran tiempo de trabajo efectivo.

El trabajador debe disfrutar del permiso en el periodo en que se produce el hecho, pero no necesariamente el mismo día.

¿Qué trámites debe hacer el trabajador?

El trabajador debe informar a su empleador de la fecha y la duración de su permiso por duelo al menos 24 horas antes del inicio de cada periodo de ausencia. También debe adjuntar a su solicitud un acta de defunción.

El empleador no puede negarse a conceder el permiso por duelo a un trabajador.

Fuentes y recursos adicionales:

Association Française d’Information Funéraire

=> organismo independiente de cualquier sindicato, federación, empresa comercial u otra asociación

=> Encontrarás modelos de cartas

Mes Droits Sociaux

=>Portal del Gobierno francés

Association Empreintes

=>Acompañamiento en el duelo

Fédération européenne Vivre son deuil

=>Federación de asociaciones dedicadas al duelo